A nadie le gustan los procesos judiciales, ni siquiera a los propios abogados. No obstante, a ellos el proceso les va en el sueldo. Pero los que nos dedicamos a otras actividades, preferimos evitar en la medida de lo posible el paso por los Tribunales, ¿no le parece?
El arbitraje y otras fórmulas de mediación extrajudicial de conflictos se han posicionado, en especial en el mundo empresarial, como alternativas muy válidas a la hora de evitar los problemas, costes y preocupaciones que conlleva un proceso judicial.
Pero… ¿qué es exactamente el arbitraje? Podríamos definirlo como un procedimiento mediante el cual se somete una controversia o problema, por acuerdo mutuo entre las partes, a uno o varios árbitros que dictan una solución que es de obligado cumplimiento para las partes. Veamos algunas de sus principales características:
Proceso consensuado: un arbitraje solo tiene lugar si las partes lo han acordado. Por norma general, cada vez más contratos en el mundo empresarial incluyen una cláusula de arbitraje en sustitución de la clásica cláusula legal de jurisdicción judicial.
Los árbitros son seleccionados por las partes: De este modo, se garantiza la necesaria neutralidad. Por norma general, las asociaciones de arbitraje suelen tener a disposición de sus asociados una completa base de datos con profesionales capaces de solucionar casos de todo tipo.
Carácter Internacional: el arbitraje nació precisamente en procesos internacionales, donde se pretendía que ninguna de las partes tuviera ventaja sobre la otra al presentar su caso aplicando la legalidad de forma ambigua e interesada.
Procedimiento Confidencial: Todo el procedimiento es confidencial, y se asegura la confidencialidad de las informaciones secretas de cada una de las partes. De tal modo, los participantes en el arbitraje, tienen el deber de guardar secreto sobre los conocimientos que tengan en su actividad profesional.
La Decisión Final es Definitiva y Fácil de Ejecutar: El acuerdo de arbitraje implica aceptar la decisión final sin demora. Gracias a la convención de Nueva York, los convenios adoptados por arbitraje tienen fuerza de sentencia judicial en la mayoría de los países del mundo.
Como puede ver, son numerosas las ventajas que tiene el arbitraje en los procedimientos empresariales (y también en los civiles, aunque se aplique menos en estos casos) con respecto al tradicional proceso judicial, que en la mayoría de los casos, puede alargarse durante años, e incurrir en innumerables costes económicos y de imagen.
Personalmente, como consultor con proyección internacional, me gusta mucho más la opción del arbitraje como forma de resolver problemas y malos entendidos que se producen en la vida de las empresas. Lo considero una alternativa mucho más razonable que el tradicional juicio, que además, en depende qué materias puede llegar a ser eterno.
No obstante, la prevención sigue siendo el mejor método para hacer bien las cosas. Por tanto, consulte con un especialista todas aquellas cuestiones relacionadas con la legalidad de sus contratos y trámites similares. Aunque es interesante que conozcamos su existencia y su funcionamiento, sin duda, lo ideal es no tener que encontrarnos en un proceso de este tipo.
Jorge Ignacio Mata Arribas – Gerente de JMA Asesores – www.jma-asesores.com
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